Impuesto Especifico al Petroleo Diesel 63%, año 2011

OJALA LES SIRVA ESTA INFORMACION A TODOS LOS COLEGAS TRANSPORTISTAS PEQUEÑOS COMO YO QUE HACEMOS EL IVA MENSUALMENTE CADA UNO Y DEBEMOS SACAR INFO DE LA WEB.
EL PORCENTAJE DE DESCUENTO ACTUALMENTE ES EL 63% HASTA NOVIEMBRE DE 2011.
ABAJO LES COPIO LA INFORMACION PARA QUE LA LEAN CON MAS DETALLE.
El reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diesel
Enviado por Blog Legal el mar 10/08/2010 a las 9:25
Se publicó Ley Nº 20.456, que modifica el plazo establecido en la Ley N° 19.764, para el reintegro parcial por concepto del impuesto específico al petróleo diesel para las empresas de transporte de carga.
Objetivos y fundamentos de la ley
La ley, iniciada en Mensaje del Presidente de la República, y publicada en el Diario Oficial el pasado 29 de julio, consigna en sus ideas matrices, y como fundamento del mismo, que en conformidad a lo prescrito en el artículo segundo transitorio de la Ley N° 20.360 que modifica transitoriamente el artículo segundo de la ley N° 19.764, los transportistas de carga tienen la posibilidad de recuperar un porcentaje de las sumas pagadas por dichos vehículos, por concepto del impuesto específico al petróleo diesel, de acuerdo a tramos porcentuales asociados a los ingresos anuales expresados en Unidades Tributarias Mensuales.
Por lo anterior, y para efectos de la renovación de este beneficio, se establece un mecanismo que contemple un sistema de recuperación que prescinda del factor relativo a los ingresos de las empresas y, en cambio, vincule los porcentajes de recuperación a los montos efectivamente pagados por concepto del referido impuesto.
Contenido y estructura
La presente ley está estructurada bajo un artículo único, y contempla, entre otros aspectos, que excepcionalmente durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2010 y el 30 de noviembre de 2011, ambas fechas inclusive, el porcentaje a que se refiere el inciso segundo del artículo 2° de la ley Nº 19.764 será el que resulte de la aplicación de la siguiente escala, en función de los ingresos anuales del contribuyente durante el año calendario inmediatamente anterior:
a) 63% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido iguales o inferiores a 18.600 UTM.
b) 39% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 18.600 y no excedan de 42.500 UTM.
c) 29,65% para los contribuyentes cuyos ingresos anuales sean superiores a 42.500 UTM.
KARIM REYES
Hola Karim Reyes, agradezco tu buena disposición de informar por este medio de este beneficio que ha sido  muy beneficioso para los  pequeños transportistas como tu,  y  como tu bien dices hay que saber cuanto descontar,  en este caso es el 63%  que antes ni existía,  gracias al último paro se ganó este beneficio que si bien ha bajado del 80% al 63% no deja de ser provechoso hasta el día de hoy.
Atte. Mauricio Aguilera

3 comentarios en Impuesto Especifico al Petroleo Diesel 63%, año 2011

  • pinpollo

    Aunque algunas grandes empresas de transportes tienen la mala practica de dividir sus empresas en muchas pequeñas y así entrar en el primer tramo del 63% de devolución y ganar mas.

  • raul

    ahora que el petroleo se fue a la nube no lo sirve mucho 63 que vamos hacer ahora

  • matias

    que pasara despues del 30 de noviembre

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